CRUELDAD ANIMAL

Jonathan Jara irá a juicio por la muerte de Estelita

La Fiscalía rechazó el pedido de la defensa, que ofreció resarcimiento económico por $5 mil y trabajo comunitario.
viernes, 23 de octubre de 2020 · 18:11

Jonathan Jara, único acusado por la muerte de Estelita, la perra raza galgo que fue atada y arrastrada en Fernández Oro y muriera tiempo después como consecuencia de las heridas sufridas, irá a juicio. Este viernes finalmente se pudo concretar la audiencia luego de tres suspensiones, y se le rechazó el beneficio de la probation. El argumento central fue la instrucción general de la Procuración respecto al tratamiento de este tipo de delitos.

La defensa, a cargo del doctor Barrionuevo, solicitó la aplicación una probation argumentando que estaban dados los requisitos previstos en el Código Penal para que su asistido acceda al mismo. “Jara no posee antecedentes penales computables, y ofrece reparar el perjuicio que hubiera ocasionado con unos mil pesos que se pueden estirar hasta los 5 mil para pagar el concepto de reparación del perjuicio. Además de 100 horas trabajo comunitario. No podemos desmerecer la vida de un can que ya no está más, pero entiendo que por cuestiones de política criminal deberíamos solucionar el conflicto de esta manera”. Sostuvo que el delito imputado prevé penas menores a los tres años de prisión, que el acusado no cuenta con antecedentes penales computables.

Desde la fiscalía se remarcó que por razones de política criminal no correspondía la aplicación del beneficio y recordó que recientemente el Procurador General de la Provincial, Jorge Crespo, dictó la Instrucción General nro. 04 en el cual se disponen las pautas generales para el otorgamiento de los beneficios procesales en los casos de maltrato animal. “Deben entenderse a los actos de crueldad hacia los ANH (animales no humanos) como hechos graves”, atendiendo que revisten este carácter por “la violencia que se despliega para causar sufrimiento, de manera innecesaria por el modo excesivo, perverso o violento de la conducta”, dispone la Instrucción General.

La fiscal adjunta, Yesica Montenegro a cargo del dictamen del Ministerio Público consideró que más allá del ofrecimiento de reparación, producto del acto de crueldad del que resultara víctima "Estelita", la misma perdió la vida y que ninguna suma de dinero podría devolvérsela.

La querella que representa a la Asociación Protectora de Animales de Fernández Oro (APAFO) y la Asociación de Funcionarios y Abogados en Defensa de los Animales también se opusieron a que el acusado pudiera acceder al beneficio procesal.

La audiencia de este viernes se realizó a través de Zoom, luego de tres suspensiones. La primera por un escrito donde proponía la suspensión del juicio a prueba, que fue presentado minutos antes del encuentro en la fiscalía de Cipolletti, la segunda suspensión por el nacimiento del hijo del abogado defensor que desde las oficinas judiciales no informaron a la querella, y la tercera que se realizaba de manera virtual Jara no se conectó. Finalmente hoy se pudo realizar la audiencia con intervención de las fuerzas públicas.

A la hora de describir los hechos, Montenegro explicó que la investigación se basa en lo sucedido el 22 de mayo de 2019 entre las 23:00 y las 00:00 del día 23 cuando el acusado habría atado con una cuerda a la perra “Estelita” y la arrastró sobre la cinta asfáltica sobre Ruta 65 a la altura del derivador de ingreso a Fernández Oro por calle Iguazú. Esto fue advertido por un grupo de taxistas que habrían alertado al imputado, quien detuvo la marcha y la ingresó al interior del vehículo para irse del lugar. Al día siguiente, la perra fue hallada abandonada por una persona quien dio aviso a las integrantes de la Asociación Protectora de Animales de Fernández Oro (APAFO), quienes le brindaron la asistencia veterinaria pertinente para el caso.

Los veterinarios que la asistieron acreditaron las lesiones en distintas zonas del cuerpo e iniciaron el tratamiento correspondiente pero Estelita falleció el 4 de agosto.

Según la hipótesis fiscal, las lesiones fueron provocadas de forma intencional por el acusado, quien con su accionar le causó “torturas y sufrimientos innecesarios” conducta que encuadra como el delito de Crueldad animal conforme artículo 3 inciso 7° de la Ley Nacional 14.346.

La Jueza de Garantías Agustina Bagniole, que intervino en la audiencia, consideró fundado el dictamen de la fiscal y en consecuencia rechazó el planteo del beneficio procesal en favor del acusado. De esta forma, los acusadores quedaron en condiciones de solicitar la correspondiente audiencia de control de acusación, audiencia previa al juicio oral y público en el que se resolvería el caso.

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