LEGISLATURA

Neuquén: piden limitar gasto público, endeudamiento y carga tributaria, por ley

El proyecto presentado por Leticia Esteves Establece topes de gasto, endeudamiento y deuda y limita la creación de impuestos y la suba de alícuotas.
miércoles, 21 de septiembre de 2022 · 10:32

La diputada provincial Leticia Esteves (Pro) presentó un proyecto para establecer reglas de comportamiento fiscal y limitar por ley el gasto público, endeudamiento, carga tributaria y resultado financiero de la administración pública provincial. 

“Es bueno siempre impulsar este tipo de proyectos que buscan cuidar los recursos de los neuquinos desde la responsabilidad a la hora de administrarlo. Y más aún, en momentos de crisis como los que estamos viviendo, la plata de los neuquinos debe ser administrada desde la responsabilidad y no desde el despilfarro de la abundancia”, señaló Esteves. 

Afirmó que “para tener mejor obra pública, mejores hospitales, escuelas en condiciones debemos ser sumamente responsables. Ya hemos realizado muchas propuestas para mejorar la transparencia y ahora avanzamos sobre reglas numéricas, para complementar el fondo anticíclico y evitar situaciones fiscales insostenibles que repercuten negativamente en el empleo y el crecimiento económico”.

Para la diputada “sería muy interesante escuchar qué opinan otros espacios políticos sobre esto, más en el marco de la elaboración de propuestas que se quieren impulsar para competir en la elección del año que viene”, dijo, y señaló que “es bueno saber quiénes quieren ser responsables con los recursos de todos”.

 

Gasto de no más del 80 por ciento de los ingresos

Entre otros aspectos, el proyecto establece que el gasto público corriente neto primario no podrá superar el 80% de los ingresos corrientes netos durante el transcurso del año fiscal, y otorga un periodo de transición de dos años para alcanzar ese nivel. 

El déficit financiero, a su vez, no podrá ser mayor al 2% de los ingresos corrientes netos. En caso de superarse dicho nivel, el excedente de déficit ejecutado se deberá compensar en los dos años fiscales subsiguientes. La venta de activos fijos deberá destinarse exclusivamente a cancelar deuda pública, y el stock de deuda pública consolidada no podrá superar el 50% de los ingresos corrientes netos durante el transcurso del año fiscal. En este caso, otorga un período de transición de cinco años para alcanzar dicho nivel.

Para el caso en que se superen las cifras estipuladas, deberán ejecutarse presupuestos acordes a la reducción del stock de deuda en los dos años fiscales subsiguientes. También establece un destino específico para los superávits financieros que pudieran obtenerse: el 35% del saldo remanente deberá ser reembolsado a los contribuyentes en el siguiente ejercicio fiscal, en tanto que otro 35% de ese saldo será utilizado para cancelar deuda pública.

Asimismo, dictamina que no podrán incrementarse alícuotas de los tributos, tasas y derechos existentes -ni crearse nuevos tributos, tasas y derechos- por un período de 10 años. 

Por último, el gasto en personal no podrá superar, durante el transcurso del año fiscal, el 50% de los ingresos corrientes netos, mientras que la política salarial no podrá determinar incrementos en las remuneraciones por encima de la evolución del Índice de Precios al Consumidor del INDEC por un período de 10 años -a partir de la vigencia de la ley-. También se suspenden por el mismo plazo las designaciones de personal, excluyendo cargos docentes y auxiliares, personal policial y de Salud.

Para el contralor de lo estipulado por la ley, el proyecto crea un Comité de Control Fiscal en el ámbito de la Legislatura, que estará integrado por diputados de diferentes bloques, por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas y por la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera pública. Además, el comité contará con apoyo técnico del Tribunal de Cuentas de la provincia.
 

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